La pandemia de la enfermedad COVID-19 ha afectado no sólo a la salud pública del país, sino también a la salud financiera de muchos portugueses. Situaciones como el desempleo, los despidos, las reducciones salariales y el cierre temporal de establecimientos comerciales han dejado a muchos ciudadanos en una situación de incapacidad para cumplir con sus obligaciones.
Cuando hablamos de deudas y acreedores, nuestro pensamiento inevitablemente se dirigirá a un conjunto de situaciones complicadas y problemas que parecen inagotables.
El legislador, consciente del impacto que esta situación epidemiológica puede tener en la vida de cada persona, intentó crear un conjunto de medidas temporales que evitaran el colapso financiero de las familias. Así, se creó una moratoria general sobre el cumplimiento de las obligaciones con el sistema bancario, se suspendieron los desalojos, así como los efectos de la rescisión de los contratos de arrendamiento, y se crearon mecanismos para diferir el pago de los alquileres.
También se suspendieron los procesos de ejecución tributaria en curso o por iniciar, la posibilidad de que la Autoridad Tributaria brinde una garantía y los planes de pago de deudas con la Seguridad Social en curso.
Pero estas medidas, como afirma el legislador cada vez que regula estas materias, tienen un carácter excepcional y temporal. Los aplazamientos y moratorias no son más que el aplazamiento temporal del momento de cumplir con las obligaciones.
Sin embargo, recurrir a todas estas medidas no debería ser la primera opción. Si tienes deudas, lo más adecuado es negociar con tus acreedores. La negociación le permitirá mantener su buen nombre y credibilidad ante aquellos con quienes está en deuda. Sin embargo, negociar deudas per se no es una tarea fácil y las negociaciones no siempre tienen un saldo positivo.
Por ello, el legislador creó el Sistema Público de Apoyo a la Conciliación en Sobreendeudamiento (SISPACSE). Esta herramienta es un (nuevo) medio de resolución alternativa de disputas, en el que el deudor, siempre que sea una persona física y no esté ya insolvente, y los acreedores, con la ayuda de un Conciliador, trazarán un plan para cumplir con sus obligaciones. , que satisfagan los intereses de todas las partes.
Este acuerdo será depositado en la Dirección General de Política Judicial (DGPJ) y los acreedores adherentes quedarán impedidos de adoptar, durante las negociaciones, cualquier acción o llevar a cabo medidas ejecutivas encaminadas a cobrar sus créditos, así como solicitar el concurso del deudor. Sin embargo, no se impide la participación en el SISPACSE a los acreedores que, al momento de las negociaciones, ya hayan utilizado métodos de cobro coercitivo para satisfacer su crédito, como es el caso de la acción ejecutiva.
El acuerdo, una vez firmado, constituirá un título ejecutivo. La duración prevista será de 60 días, prorrogables una vez por el mismo periodo de tiempo, y el coste inicialmente estimado es de 30 euros. La mayor desventaja que presenta el SISPACSE hasta el momento será sin duda el hecho de que este sistema no cubre deudas con la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
La iniciativa de negociación dentro de este nuevo sistema tendrá que venir siempre del deudor. Así que, si te encuentras en dificultades, si quieres saber más sobre este tema o cómo puedes evitar una situación de insolvencia inminente, ya sabes: habla con un Abogado.
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